Tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida

Se cumplimenta la solicitud, se adjunta la documentación solicitada y se entrega en el Registro General del Ayuntamiento.

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Cualquier ciudadano que cumpla los siguientes requisitos: 

Tener más de 3 años de edad. Estar empadronado en Valdemoro. Tener reconocido por la Consejería de Familia y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid un baremo de movilidad positivo (tipo A, B, C o mayor que 7).

Todo el año

Fotocopia del DNI. 

Volante de empadronamiento. 

2 fotografías tamaño carné. 

Copia del Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Centro Base nº 2 de atención a personas con discapacidad (C/ Melquíades Biencinto nº15, 28053, Madrid, teléfono 915521004), dependiente de la Dirección General de Servicios Sociales, en el que figure expresamente el baremo de movilidad. En aquellos casos en los que el baremo de movilidad no sea del tipo A, B, C o superior a 7, el solicitante no tendrá derecho a obtener la tarjeta de aparcamiento. 

En aquellos casos en los que en el Dictamen Técnico Facultativo no figure el baremo de movilidad, el solicitante deberá dirigirse al Centro Base nº 2 para pedir que valoren su grado de movilidad y procedan a la emisión de nuevo Dictamen, que deberá aportar al Ayuntamiento. 

No es necesario aportar permiso de circulación, ni tarjeta de inspección técnica del vehículo, ni recibo del impuesto de vehículos. La tarjeta es individual y solo podrá utilizarse cuando el titular viaje en el vehículo que se trate, bien como conductor o como ocupante. Toda la documentación será presentada en el Registro del Ayuntamiento en horario de 8.15 a 14.00 h. de lunes a viernes.

Excmo. Ayuntamiento de Valdemoro

Para solicitarla, se ha de presentar un modelo formalizado de Instancia General, junto a la documentación necesaria.

Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad

Se cumplimenta la solicitud, se adjunta la documentación solicitada y se entrega en el Registro General del Ayuntamiento. 

• Centro de Servicios Sociales (Pza. de Autos, 12).

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En caso de tener el Reconocimiento del Grado de Discapacidad y no contar con la Tarjeta Acreditativa, esta se puede solicitar a la Comunidad de Madrid a través del Registro General del Ayuntamiento.

Personas con una valoración igual o superior al 33% en el Reconocimiento del Grado de Discapacidad.

Todo el año.

• DNI o NIE del interesado o del representante. 

• Acreditación de la representación legal o Guardador de Hecho, en el caso de menores, incapacitados para obrar u otras situaciones legales.

Centro de Servicios Sociales (Pza. de Autos, 12).

Una vez obtenido una valoración igual o superior al 33% en el Reconocimiento del Grado de Discapacidad, junto con la Resolución acreditativa de esta valoración se acompañará Tarjeta acreditativa del Grado de Discapacidad, que recibirá a través de correo ordinario en la dirección que facilitó en la solicitud formulada para facilitar y simplificar en lo posible las relaciones de los ciudadanos con la Administración.

Reconocimiento del grado de discapacidad (Valoración inicial y revisiones)

Se cumplimenta la solicitud, se adjunta la documentación solicitada y se entrega en el Registro General del Ayuntamiento. 

• Centro de Servicios Sociales (Pza. de Autos, 12)

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Certificación mediante la cual se acredita que una persona tiene reconocida una discapacidad. La Consejería de Familia y Asuntos Sociales es el órgano superior de la Comunidad de Madrid al que se atribuye la dirección y ejecución de la política del Gobierno de la Comunidad de Madrid en materia de Familia y Asuntos Sociales. Entre sus competencias está el Reconocimiento del Grado de Discapacidad y la emisión de la Tarjeta Acreditativa del Grado de Discapacidad.

Es preciso: 

- Ser español o extranjero residente legalmente en España. 

- Padecer una discapacidad física, psíquica o sensorial. 

- Haber abonado la tasa correspondiente a la Comunidad de Madrid para solicitar el Certificado de Discapacidad (originales del documento) y en caso de revisión (quedan exentas del cobro de la tasa las revisiones de oficio en los términos establecidos en la legislación vigente). (Ver apartado gestión, en la columna derecha de la ficha de la web de la Comunidad de Madrid). 

No es necesario abonar tasa para la adquisición y reconocimiento del grado de discapacidad.

Todo el año.

• Solicitud (Documento disponible abajo y en el apartado Gestión de la web de la Comunidad de Madrid) 

• Justificante del abono de la tasa correspondiente, modelo 030 (ver apartado Gestión en la columna derecha de la web de la Comunidad de Madrid). 

Junto a la solicitud se debe presentar: 

- DNI del interesado o del representante. 

- Libro de Familia para menores. En caso de tener representante: o DNI o Acreditación residencia legal en España del representante legal o Documento acreditativo de la representación legal o guardador de hecho. 

- Documento acreditativo de estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Madrid (Coincidente con el domicilio de residencia). 

- Copia de todos los informes médicos y/o psicólogos que posea, que avalen la discapacidad alegada. 

En caso de revisión por agravamiento o mejoría: 

- Copia de los informes que acrediten dicho agravamiento o mejoría.

Centro de Servicios Sociales (Pza. de Autos, 12).

Se podrán presentar las solicitudes y documentación en cualquiera de las Oficinas de Registro de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano.

Base de datos de personas con discapacidad de Valdemoro (REDISVAL)

Se cumplimenta el formulario APÚNTATE, se adjunta la documentación solicitada y se entrega en la Administración del Centro de Servicios Sociales (plaza de Autos, 12).

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De la necesidad de detectar la población con discapacidad de Valdemoro surgió en 2005 la iniciativa de crear la Base de datos de personas con discapacidad (REDISVAL) 

Los objetivos de la Base de datos de personas con discapacidad: 

• Estudiar y analizar la realidad de las personas con discapacidad. 

• Hacer visibles las necesidades y las capacidades de las personas con algún tipo de discapacidad. 

• Apoyar a las entidades de personas con discapacidad en los servicios que presta a sus socios y afiliados.

Cualquier ciudadano que cumpla los siguientes requisitos: 

- Estar empadronado en Valdemoro. 

- Tener reconocido por la Consejería de Familia y Asuntos Sociales un grado de discapacidad mayor o igual al 33%.

Todo el año.

- Formulario APUNTATE 

- Copia del Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Centro Base de atención a personas con discapacidad, dependiente de la Dirección General de Servicios Sociales, en el que figure el grado discapacidad y el/los diagnóstico/s.

Centro de Servicios Sociales. Concejalía de Acción Social, Mujer y Familia. (plaza de Autos, 12).

Objetivos: 

- Conocer la situación y necesidades de las personas con discapacidad. 

- Informar sobre ayudas, becas, novedades en los servicios sociales, recursos (residencias, centros, etc.). 

- Mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad y sus familias.

Solicitud de autorización sanitaria para la apertura anual de piscinas

Presentar documentación en cualquier punto de Registro Oficial del Ayuntamiento de Valdemoro de manera presencial o a través de Registro Electrónico (si está registrado en Cl@ve o dispone de certificado digital).

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SERÁ OBLIGATORIO tener en las instalaciones, a disposición de la Inspección Sanitaria la siguiente documentación: 

- Contrato de los socorristas y suplentes, así como la documentación que les acredite como tales según establece la Orden 1239/2021, de 30 de septiembre, de la Consejería de Sanidad. 

- Contrato y titulación del médico y/o enfermero, si procede. 

- El titular de la piscina tendrá a disposición de los usuarios en un lugar accesible y fácilmente visible, al menos, la información incluida en el artículo 28 del Decreto 99/2024. 

- Todas las instalaciones dispondrán de unas normas de obligado cumplimiento, expuestas en lugar visible a la entrada del establecimiento que como mínimo deberán contener las indicaciones contempladas en el artículo 26 del Decreto 99/2024. 

- Hoja de incidencias de Registro de Accidentes. 

- Programa de Autocontrol en piscinas públicas Tipo 1 y 2, y piscinas de uso privado Tipo 3A (excepto las de 30 o menos viviendas) en el que se incluya, al menos, los siguientes aspectos: 

  a) Tratamiento del agua de cada vaso: Ficha de datos de seguridad o ficha técnica de los productos químicos utilizados en el tratamiento del agua. 

  b) Control del agua: Control de rutina se realizará al menos 2 veces al día, por la mañana antes de abrir las piscinas al público y en la mitad de la franja horaria de apertura de la piscina. Los resultados del control de rutina deberán ser registrados según el modelo que figura en el anexo IV del Decreto 99/2024, o uno equivalente que contenga la misma información. 

  c) Mantenimiento de la piscina. 

  d) Limpieza y desinfección. 

  e) Seguridad y buenas prácticas. 

  f) Plan de control de plagas: Certificado de tratamiento de desinfección, desinsectación y desratización de la instalación por empresa autorizada. 

  g) Gestión de proveedores y servicios. 

 

En la página web de la Comunidad de Madrid disponen de una Guía de ayuda para el diseño de un Programa de Autocontrol. 

+INFO Área de Salud. 91 801 82 42. bzsalud@valdemoro.es • Centro de Asociaciones Pedro Zerolo. C/ Río Manzanares, 4, 1º planta. De lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 h.

Los titulares de las piscinas deben presentar la comunicación de apertura.

Antes de la apertura de las piscinas.

-Comunicación previa de reapertura de piscina de verano firmada por titular o representante legal (se deberá adjuntar documento acreditativo de la representación). 

-Declaración responsable 

-Control inicial del agua de los distintos vasos durante la quincena anterior a la apertura de la piscina y enviar los resultados analíticos al Área de Salud (bzsalud@valdemoro) 

 

La presentación de los documentos requeridos no presupone que la piscina cumpla con todas las condiciones higiénico-sanitarias previstas en la normativa. Para ello es necesario el cumplimiento de la normativa vigente durante todo el periodo de apertura. 

 

La legislación que regula los requisitos técnico-sanitarios que deben cumplir estas instalaciones acuáticas de las comunidades de propietarios es el Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre y el Decreto autonómico 99/2024, de 20 de octubre.

En cualquier punto de Registro Oficial del Ayuntamiento de Valdemoro de manera presencial o a través de Registro Electrónico (si está registrado en Cl@ve o dispone de certificado digital).

En cumplimiento de la normativa vigente, se realizarán los controles necesarios para garantizar la calidad del agua del vaso, por ello habrá que efectuar (además del análisis de la apertura): 

-En piscinas de comunidades de vecinos, un segundo análisis físico-químico y microbiológico del agua de todos los vasos de la piscina que se presentará antes del 10 de agosto. (Quedan exentas las piscinas de comunidades de menos de 30 viviendas). 

-En piscinas públicas, de agrupaciones deportivas...etc, la analítica de cada vaso será mensual (debiéndolas presentar antes del día 15 de cada mes). 

 

Enviar los resultados analíticos al Área de Salud (bzsalud@valdemoro)

Uso de la sala de ordenadores de la biblioteca

Personalmente y previa petición de cita, la cual puede solicitarse tanto de forma personal como por teléfono

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Legislación Aplicable:

Reglamento de Bibliotecas de la Comunidad Autónoma de Madrid

Mayores de 14 años

Carnet de socio, D.N.I. o Pasaporte

Biblioteca Municipal Juan Prado 

Biblioteca Municipal Ana María Matute

Gratuito

Sesiones de 1 hora. Existe la posibilidad de ampliarlas una hora más a usuarios en situación de búsqueda de empleo a través de internet, así como para aquellos que estén realizando trabajos académicos.

Solicitud de la Sala de Exposiciones del Centro Cultural Juan Prado

Cumplimentar el formulario de solicitud y entregarlo en el departamento de Exposiciones del Área de Cultura del Ayuntamiento de Valdemoro

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Persona física mayor de edad, persona jurídica y/o Asociaciones.

Datos personales de los solicitantes 

Dossier fotográfico o digital de las obras a exponer 

Curriculum actualizado 

Catálogos de otras exposiciones en las que se halla participado (si las hay)

Presencial: Centro Cultural Juan Prado 

E-mail: exposiciones.cultura@ayto-valdemoro.org

Gratuito

La entrega de la solicitud no implica la cesión. Esta pasará por la "Mesa de Plástica", grupo encargado de hacer la selección anual

Reserva de documentos

Personalmente presentando el carnet de usuario de la Biblioteca

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Legislación Aplicable: 

Reglamento de Bibliotecas de la Comunidad Autónoma de Madrid

Los usuarios del Carnet de Biblioteca Municipal

Carnet de usuario de Bibliotecas Municipales

En cualquiera de las Bibliotecas Municipales

Gratuito

El tiempo en el que se facilita el documento dependerá de lo solicitado que esté el mismo, pudiendo haber lista de espera. Se avisará por teléfono de la disponibilidad del documento y se mantendrá la reserva por un plazo máximo de 72 horas.

Renovación de préstamo

Por teléfono o personalmente en las bibliotecas municipales

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Legislación Aplicable: 

Reglamento de bibliotecas de la Comunidad Autónoma de Madrid

El titular del préstamo

Todo el año, en horario de biblioteca

Carnet de socio

En las bibliotecas municipales

Los recursos multimedia (CD, DVD, etc.) no se pueden renovar