El ciudadano que necesite solicitar una licencia de Obra Menor para Calas, deberá entregar en el Registro de la Concejalía de Urbanismo y Obras, el impreso de solicitud , junto con la documentación necesaria.
Si la documentación presentada no fuera completa, se requerirá al interesado para su subsanación, concediendo un plazo para su entrega. Posteriormente se emitirá el Informe municipal de carácter técnico y jurídico.
Si la licencia es aprobada se emitirá el Decreto de Concesión, que se notificará al interesado.
El titular de la obra o en su defecto, sus representantes debidamente acreditados ya sean personas físicas o jurídicas.
Junto con el impreso normalizado de solicitud debidamente cumplimentado, se deberá de aportar la documentación necesaria, en función del tipo de obra a realizar, según el siguiente detalle:
Plano con indicación del recorrido de la cala y dimensiones de la misma para calas eléctricas y de saneamiento. En calas de agua, deberán aportar hoja expedida por el Canal con planimetría
En el Registro de la Concejalía de Urbanismo y Obras
El régimen de liquidación de licencias son fijados por las Ordenanzas Fiscales
Legislación Aplicable:
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid Ordenanza Tramitación del Plan General de Valdemoro