Procedimiento por el que se entregan, a empresas y profesionales con sede en Valdemoro, las hojas de reclamaciones que obligatoriamente deben de tener a disposición de los consumidores.
Descarga de la página web:
No es necesario aportar documentación para la descarga de las hojas de reclamaciones. No obstante, la existencia de hojas de reclamaciones a disposición de los consumidores no exime de la obtención de licencia de actividad u otras autorizaciones que fueren necesarias para su ejercicio. Las empresas deberán poner a disposición del consumidor dos ejemplares de cada Hoja de Reclamación a fin de que, una vez rellenadas el consumidor se lleve el original para su entrega en la Administración de consumo y la copia quede en poder de la empresa. En lo que se refiere a las Hojas de Reclamación de los consumidores no ha cambiado nada.
Personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos que, en régimen de derecho privado, produzcan, faciliten o suministren bienes, productos o servicios directamente a consumidores finales.
Excepciones:
• Aquellos sectores empresariales/profesionales que dispongan de normativa propia que obligue a disponer de hojas de reclamaciones, puede consultar en este enlace (http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=Page&childpagename=PortalConsumidor%2FPage%2FPTCS_contenido&cid=1343064254644&pagename=PTCS_wrapper)
• Si el establecimiento se ubica en otro municipio o se trata de vendedores ambulantes o profesionales y empresas con diferentes sistemas de venta no presencial que no disponen de establecimiento o local abierto al público en la región, puede descargar el impreso de hoja de reclamaciones en el siguiente enlace (https://gestionesytramites.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_Tramite_FA&cid=1109168953792&noMostrarML=true&pageid=1142687560411&pagename=ServiciosAE%2FCM_Tramite_FA%2FPSAE_fichaTramite&vest=1142687560411)
• Quedan exentos de la obligación de disponer de hojas de Reclamaciones:
Profesionales liberales cuyo Colegio Profesional disponga de Comisión Deontológica.
Centros de Enseñanza Reglada.
Servicios Públicos prestados directamente por la Administración cuando dispongan de su propio procedimiento.
Descarga de la página web:
No es necesario aportar documentación para la descarga de las hojas de reclamaciones. No obstante, la existencia de hojas de reclamaciones a disposición de los consumidores no exime de la obtención de licencia de actividad u otras autorizaciones que fueren necesarias para su ejercicio. Las empresas deberán poner a disposición del consumidor dos ejemplares de cada Hoja de Reclamación a fin de que, una vez rellenadas el consumidor se lleve el original para su entrega en la Administración de consumo y la copia quede en poder de la empresa. En lo que se refiere a las Hojas de Reclamación de los consumidores no ha cambiado nada.
Gratuito
Junto con las hojas de reclamaciones se descargará el cartel informativo, que a su vez es obligatorio tenerlo
Normativa:
Artículo 31 del Decreto 152/2001 de 13 de septiembre por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 11/1998 de 9 de julio, sobre Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid. Tras la publicación de la Orden del 8 de marzo de 2017, los empresarios y establecimientos tienen a su disposición un nuevo modelo de hoja de reclamaciones para entregar a los consumidores y usuarios en sus establecimientos.